El borrador del Real Decreto sobre la aplicación en España, a partir de 2023, de la PAC, detalla las parcelas agrícolas validas para recibir las ayudas.👇🏻

✅ Las parcelas agrícolas de hectáreas subvencionables utilizadas para justificar derechos de ayuda, deberán estar a disposición del agricultor (significa que es quien adopta las decisiones, obtiene los beneficios y asume los riesgos), bien en régimen de:
🔹 Propiedad,
🔹 usufructo,
🔹 arrendamiento,
🔹 aparcería
🔹 o asignación por parte de una entidad gestora de un bien comunal.

✅ Para las intervenciones :
🔹 en forma de pagos directos, las parcelas deben estar a disposición del agricultor a fecha fin de plazo de modificación de la PAC.
🔹 sectoriales, del desarrollo rural, y POSEI, las parcelas deben estar a disposición del agricultor a la fecha que se determine por la autoridad competente.

✅ Será necesario indicar el régimen tenencia por cada parcela agrícola por la que se solicite una ayuda.

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