La Declaración de la Renta suele generar diversas dudas y controversias. En Grupo Jovimar te explicamos cuáles son los principales errores al realizarla. Para asegurar una correcta elaboración de la declaración, confía en los profesionales de Jovimar Asesores.
En primer lugar, hay que cerciorarse bien de si se tiene la obligación o no de declarar. Están exentos de presentar la declaración aquellos contribuyentes cuyos rendimientos íntegros del trabajo alcancen hasta los 22.000 euros anuales y procedan únicamente de un pagador. Al provenir de varios pagadores, el límite es 12.000 euros. Se contemplan excepciones para estas premisas, como las pensiones compensatorias del cónyuge percibidas. No entregar la declaración cuando sí debía hacerse supone como mínimo una sanción por incumplimiento formal.

De entrada, también es esencial verificar que los datos básicos estén detallados adecuadamente. No debe haber errores en referencias clave para las deducciones como son el estado civil, las defunciones o las situaciones de minusvalía. Antes de confirmar la declaración, se recomienda revisar tanto datos personales como fiscales. La Agencia Tributaria comprobará la titularidad real de bienes y derechos, circunstancias familiares, etc.

Cambios como casarse o divorciarse influyen notoriamente en la Declaración de la Renta. Un ejemplo de ello es que las pensiones alimenticias pagadas a los hijos se deducen, pero un error suele ser marcarlo en la casilla incorrecta. Al tener hijos, se contemplan cambios en las cantidades mínimas exentas de tributación. No atribuir las deducciones por nacimiento o familia numerosa puede suponer un importe de hasta más de 2.000 euros.

Otro desacierto es no prestar atención a las declaraciones de los últimos años, ya que hay partidas que pueden ser determinantes para la actual campaña. Los gastos de financiación pendientes de deducir de los réditos provenientes del alquiler de inmuebles o los rendimientos del capital mobiliario aún por compensar son algunos ejemplos.

La vivienda suele ser otro de los equívocos más frecuentes. En el apartado de bienes inmuebles, se recomienda asegurarse de que la referencia catastral es correcta. Asimismo, no hay que olvidar que se debe declarar al ser propietario de una segunda vivienda, aunque ésta no está arrendada o solo se alquile por temporadas. Si el inmueble estuvo vacío durante algún tiempo, no se podrá deducir ningún gasto de este período, salvo los de preparación para volver a ser alquilado.

En el ámbito empresarial, las compañías de reducida dimensión pueden deducirse el 5% de los beneficios netos del negocio para reinvertirlos en nuevos materiales o en inversiones inmobiliarias relacionadas con las actividades económicas. Se consideran empresas de tal categoría aquellas que en el actual ejercicio y en los dos anteriores no superasen los 10 millones de rendimiento neto.

Asegure la presentación de su Declaración de la Renta con todas las garantías. Los profesionales de Jovimar Asesores revisarán su borrador, corregirán cualquier error del mismo y atenderán cualquier duda que tenga. Para más información contacta con nosotros a través del siguiente enlace. Sigue nuestra página de Facebook para no perderte ninguna de nuestras novedades.